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Defensa

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Dirección de Defensa

La Dirección de Defensa tiene la misión de auxiliar al Jefe de la Administración a encausar el trabajo integral que en interés de la defensa a este le corresponde realizar.

Para cumplir su misión la dirección de Defensa tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11, las específicas siguientes: 

Actividades de la Dirección de Organización y Planificación

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La Dirección de Organización y Planificación de Actividades tiene la misión de dirigir la aplicación de las políticas y los principios sobre los sistemas funcionales y la organización estructural, así como organizar y controlar la planificación de objetivos y las políticas estatales referidas la gestión de la información y su sistema en los órganos locales del Poder Popular.

Funciones Específicas

  1. Coordinar y Organizar las propuestas de las funciones y el diseño de las estructuras y composición de los órganos de dirección del sistema así como implementar, en coordinación con la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, el perfeccionamiento de las estructuras y plantillas;
  2. proponer al Consejo de la Administración las Metodologías e Instrumentos que permitan evaluar objetiva e integralmente los sistemas y una vez aprobados, orientar su aplicación y controlar su cumplimento;
  3. asesorar metodológicamente las normativas y los procedimientos administrativos y los procedimientos administrativos;
  4. opinar acerca de los documentos rectores que se presentan a la aprobación del Consejo de la Administración;
  5. actualizar los métodos de evaluación y los procedimientos de trabajo para medir el desempeño organizacional; presentar las propuestas que procedan al Presidente del Consejo de la Administración;
  6. organizar y controlar el proceso de planificación de los objetivos, el cumplimiento de los planes y dirigir metodológicamente la planificación de las actividades;
  7. organizar la información del funcionamiento del gobierno local en cuanto el cumplimiento de sus funciones internas;
  8. ejercer el control funcional sobre la disciplina organizativa y de plantilla en el sistema del órgano local;

Organización, Planificación e Información

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Dirección de Organización, Planificación e Información

La Dirección de Organización, Planificación e Información tiene la misión de aplicar sistemáticamente, las políticas y lineamientos sobre los sistemas funcionales, la organización estructural y sus documentos rectores, la planificación por objetivos de las actividades, y el sistema de información en la administración local.

Para cumplir su misión la dirección de Organización, Planificación e Información tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11, las específicas siguientes:

Inspección

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Dirección de Inspección

La Dirección de Inspección tiene la misión de planificar, organizar y realizar las inspecciones (reinspecciones) para comprobar y evaluar en el territorio el cumplimiento y efectividad de la legislación vigente correspondiente y coordinar en un plan único las acciones de control que se ejecutarán en la Administración Municipal.  

Para cumplir su misión la dirección de Inspección tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11, las específicas siguientes:

Justicia

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Dirección de Justicia

La Dirección de Justicia tiene la misión de ejecutar y asistir al Gobierno del territorio en la implementación de la política jurídica aprobada para su esfera de atención y controlar el cumplimiento de las disposiciones metodológicas que correspondan.        

Para cumplir su misión la dirección de Justicia tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11, las específicas siguientes:    

Salud Pública

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Dirección de Salud Pública

La Dirección de Salud Pública tiene la misión de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación  de la política del Estado y el Gobierno en cuanto a la Salud Pública, participando en la formación de profesionales de la salud y el desarrollo de las ciencias médicas, haciendo cumplir las adecuaciones o políticas territoriales que dicte la Asamblea Municipal del Poder Popular.  

Para cumplir su misión la dirección de Salud Pública tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11, las específicas siguientes:

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