Administración Provincial del Poder Popular
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- Creado: Jueves, 18 Octubre 2018 01:40
- Escrito por Admin Artemisa
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La Administración Provincial fue creada por la Asamblea Provincial del Poder Popular a la cual se subordina.
Misión: Dirigir las entidades económicas, de producción y servicios de su nivel de subordinación, con el propósito de satisfacer las necesidades económicas, de salud y otras de carácter asistencial, educacionales, culturales, deportivas, recreativas y otros servicios de la colectividad de los municipios a que extiende su jurisdicción.
Funciones comunes de la Administración Provincial
- Asegurar la protección, cuidado y conservación del patrimonio estatal bajo la responsabilidad de la administración provincial;
- dirigir y controlar la aplicación de las políticas aprobadas en las actividades de la administración provincial, conforme a las exigencias del desarrollo integral de la economía y de la sociedad, y coordinar, conforme a las atribuciones otorgadas, con otros organismos y colaborar en la elaboración y propuesta de soluciones conjuntas;
- dirigir, organizar y controlar el cumplimiento de las medidas de la Defensa civil y de los planes relacionados con estas funciones;
- contribuir, de acuerdo con el procedimiento establecido, a la elaboración de los planes nacionales y territoriales de desarrollo económico y social, y asegurar que los planes de las entidades subordinadas a la administración provincial, estén en consonancia con las políticas aprobadas por el Partido y el Gobierno, y una vez aprobados, evaluar su ejecución;
- ejecutar, de acuerdo con el procedimiento establecido, el anteproyecto de presupuesto y del Plan de la Economía de la administración provincial, y una vez aprobados, controlar y evaluar su ejecución;
- contribuir, de acuerdo con el procedimiento establecido y cuando le competa a la administración provincial, a la fijación y modificación de precios y tarifas;
- promover, en lo que le compete, al desarrollo de producciones y servicios que sustituyan importaciones en las entidades subordinadas a la administración provincial;
- contribuir, según el procedimiento establecido, a la elaboración de variantes fundamentadas de inversiones, controlar la ejecución y oportuna puesta en explotación y evaluar el aprovechamiento eficiente de las capacidades instaladas en la administración local;
- controlar y exigir el uso eficiente de los recursos asignados y evaluar los resultados económicos financieros en la administración y gestión de las entidades subordinadas, de acuerdo con las políticas de desarrollo aprobadas y los objetivos que en este sentido han sido definidos para cada etapa por la administración local;
- implementar en los órganos de dirección y entidades subordinadas, la dimensión ambiental en las políticas, planes, proyectos, programas y demás acciones que realice la administración local, y cumplir con las disposiciones y medidas que deriven de la política ambiental nacional y controlar su cumplimiento;
- promover, acorde con las regulaciones existentes, relaciones económicas, científico-técnicas y culturales con organismos de otros estados, organizaciones internacionales y no gubernamentales y cumplir las obligaciones derivadas de los convenios donde nuestro país sea parte;
- contribuir al desarrollo científico y tecnológico, así como la ejecución de investigaciones y servicios científico-técnicos para la elevación constante de la eficacia en la esfera y actividades de competencia de los órganos de dirección y entidades subordinadas a la administración local y en correspondencia con la política y los planes específicos aprobados;
- controlar el proceso de desarrollo y transferencia tecnológica en las actividades de la administración local, así como el funcionamiento de las entidades científicas y tecnológicas que se le subordinen y el uso y desarrollo efectivo de su potencial humano, de acuerdo con las regulaciones que se establezcan;
- ejecutar, en lo que le compete, la elaboración y control de las normas técnicas y procedimientos de las actividades a cargo de la administración local, y una vez aprobadas, implementarlas y controlar su cumplimiento;
- desarrollar el perfeccionamiento continuo de las funciones, estructuras y formas organizativas de dirección de la administración local y propiciar la correcta combinación de los diversos métodos y mecanismos económicos, en las entidades subordinadas;
- asegurar, según el procedimiento establecido, la participación en la creación, fusión, extinción y traslado de las entidades subordinadas a la administración local;
- asesorar funcionalmente a los órganos de dirección y a las entidades subordinadas a la administración provincial y a las administraciones municipales, en el cumplimiento, aplicación y control de las disposiciones de los organismos, reguladas nacionalmente, en materia de la competencia que se le atribuye en las funciones especificas de carácter estatal de la que es rector;
- ejecutar la realización de controles, auditorías, comprobaciones e inspecciones en la esfera de su competencia, y entregar, según el procedimiento establecido, la información estadística, contable, financiera y de otra naturaleza que se requiera a los organismos competentes;
- garantizar el cumplimiento de la política de formación, selección, desarrollo y promoción de los cuadros en el sistema de la administración local, controlar y ejecutar, en lo que le corresponda a la administración local, actividades de formación y superación en la esfera de su competencia;
- gestionar y evaluar, de acuerdo con el procedimiento establecido, las políticas laboral, salarial, de seguridad social y de protección e higiene del trabajo en la administración local, según el ámbito de su competencia;
- asegurar, en lo que le corresponda, las actividades que se realizan con el sindicato y otras organizaciones en los órganos de dirección y entidades subordinadas a la administración local;
- atender a las organizaciones sociales y profesionales relacionadas con las actividades afines a la administración local, que coadyuven a su desarrollo y al logro de sus objetivos;
- garantizar la divulgación de todos aquellos aspectos que requieran del conocimiento público y generalizado, vinculados con la administración local;
- garantizar, en el cumplimiento de las funciones de la administración local, el empleo de tecnologías de la informática y las comunicaciones, el nivel técnico y la calidad de su actividad, el incremento de la productividad del trabajo y el aumento de la eficiencia y eficacia, mediante la mejor utilización de los recursos laborales, materiales y financieros;
- dirigir las actividades de la administración local en estrecha relación con el resto de las unidades organizativas a su nivel; elaborar y proponer soluciones conjuntas con los OACE a cuestiones entre ramas y actividades;
- organizar en la administración local los procesos para la elaboración de los objetivos y la planificación de actividades, así como la ejecución de las acciones de control de su cumplimiento a corto, mediano y largo plazos;
- coordinar, elaborar y controlar el cumplimiento del Plan de Trabajo de la administración local, con las organizaciones que participan en este proceso; y
- dirigir y desarrollar el sistema de información de la administración local como parte integrante del sistema de información del Gobierno.
Funciones específicas de la Administración Provincial
- Garantizar el cumplimiento de las disposiciones y los acuerdos de los órganos superiores del Poder Popular y la Asamblea del Poder Popular a la cual se subordina;
- implementar las políticas y normativas emitidas por los organismos superiores del Estado y del Gobierno acerca de las funciones estatales en su territorio;
- garantizar el cumplimiento del plan de desarrollo territorial de la localidad, así como el de ordenamiento territorial y el urbanismo de la administración local;
- coordinar, controlar y fiscalizar en su demarcación, la ejecución de las políticas, programas y planes aprobados por los órganos superiores del Estado y Gobierno para el territorio;
- presentar a la respectiva Asamblea del Poder Popular los proyectos de Plan Económico y Presupuesto de las actividades que dirijan y una vez aprobados, controlar su cumplimiento;
- contribuir en lo que le concierna, en la elaboración de los proyectos de Plan Económico y Presupuesto de las actividades subordinadas a otras instancias;
- ejercer la dirección de las entidades de su subordinación, sin suplantar las facultades ni la responsabilidad de los directivos de estas en interés de satisfacer todas las necesidades locales;
- controlar y exigir a las entidades subordinadas directamente y de otra subordinación, radicadas en el territorio, la debida respuesta a los planteamientos y quejas recibidas de la población que le correspondan; y
- contribuir al cumplimiento de las tareas relacionadas con la Preparación para la Defensa.
La administración local, está constituida por la dirección de la administración, los órganos de dirección del Aparato Central, las entidades subordinadas, el sistema empresarial y otros órganos auxiliares, colegiados y consultivos.
Órganos de dirección del Aparato Central de la Administración Provincial. El Aparato Central está integrado por el Jefe, el Primer Vicejefe, el Vicejefe y los órganos de dirección siguientes:
Dirección General de Economía, integrada por las cuatro (4) direcciones y el departamento siguientes:
1- Dirección de Economía y Planificación;
2- Dirección de Trabajo y Seguridad Social;
3- Dirección de Finanzas y Precios;
4- Dirección de Energía;
5- Departamento de Industria.
Dirección General de Educación, Cultura y Deportes, integrada por las tres (3) direcciones siguientes:
1- Dirección de Educación;
2- Dirección de Cultura; y
3- Dirección de Deportes.
Dirección General de Infraestructura e Inversiones, integrada por cuatro (4) direcciones y el departamento independiente siguientes:
1- Dirección de Vivienda;
2- Dirección de Recursos Hidráulicos;
3- Dirección de Planificación Física;
4- Dirección de Ciencia, Tecnología, Innovación y Medioambiente;
5- Dirección de Patrimonio e Inversiones.
Dirección de Cuadros;
Dirección de Inspección;
Dirección de Auditoría;
Dirección de Defensa;
Dirección de Transporte;
Dirección de Organización, Planificación e Información;
Dirección de Informática y Comunicaciones;
Dirección de Salud;
Dirección de Justicia;
Dirección de la Agricultura;
Departamento de Atención a Combatientes;
Departamento de Comercio Exterior, Inversión Extranjera y Cooperación Internacional.
Departamento de Asesoría Jurídica;
Departamento de Seguridad y Protección.
Departamento de Comunicación Institucional.
Entidades subordinadas a la administración provincial. La administración provincial cuenta con las entidades subordinadas siguientes:
- Unidad de Higiene, Epidemiología y Microbiología,
- Centro de Vialidad,
- Unidad de Prestación de Servicios Jurídicos,
- Escuela Vocacional de Artes,
- Escuela de Educación Física,
- EIDE “Antonio Maceo”,
- Complejo Deportivo “26 de Julio”,
- Editorial del Libro;
- Laboratorio de Veterinaria;
- Estación de Protección de Plantas;
- Laboratorio de Suelos;
- Puesto de Frontera.
Unidades de aseguramiento a la Administración Provincial.
- Unidad de Aseguramiento y Servicios,
- Centro de Información,
- Puesto de Dirección, y
- Centro de Informática y Comunicaciones,
Sistema empresarial de la Administración Provincial.
La Administración Provincial cuenta, además, con un Grupo Empresarial integrado por las empresas que a él se subordinan.
Órganos auxiliares, colegiados y consultivos de la Administración Provincial.
- Órgano auxiliar: La Secretaría.
- Órganos colegiados: El Consejo de la Administración.
- Órganos consultivos: Las Comisiones de Cuadro y de Monumentos.
