La Delegación Provincial del Citma en Artemisa, perteneciente al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, convoca al Premio Provincial de Medio Ambiente 2025. Podrán aspirar al premio las empresas, centros y colectivos laborales, organizaciones y personas naturales que hayan consagrado su labor a la conservación y cuidado del medio ambiente, contribuyendo notablemente a la prevención, solución o mitigación de problemas ambientales.
I. CATEGORÍAS QUE SE PREMIAN
- Entidades productivas y/o de servicios.
- Entidades culturales, recreativas, de investigación y educativas, así como
colectivos laborales.
- Organizaciones políticas, de masas, no gubernamentales, personas
naturales, sector no estatal.
II. REQUISITOS DEL EXPEDIENTE DE NOMINACIÓN
Las propuestas deben presentarse por medio del expediente de nominación, que contemplará los documentos siguientes:
1. Carta de presentación, firmada por la máxima dirección y el sindicato de la entidad a que pertenece y en la que se haga constar la categoría por la que se opta.
2. Resumen, en el que se hagan constar los datos de la entidad, del colectivo o de la personalidad (nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, fax y correo electrónico, organismo a que pertenece). Breve descripción de las actividades fundamentales que se realizan, año en que comenzaron las mismas, objeto social, y la misión.
3. Evaluación, que consiste en la formulación detallada de las actividades realizadas y los resultados que evidencien la consagración con relación a la protección y mejoramiento del medio ambiente, expresando los impactos positivos de forma cualitativa y cuantitativa. Igualmente, se detalla el cumplimiento de los requisitos generales y aquellos específicos que correspondan.
4. Anexos, referidos a avales, así como información relevante, complementaria o ilustrativa de los resultados alcanzados. Entre estos se sitúan:
• Aval que certifica el cumplimiento de la legislación ambiental vigente en el caso de las entidades productivas y de servicios.
• Aval del máximo nivel de dirección del Organismo de la Administración Central del Estado al que pertenece.
• Otros avales y documentos que certifiquen o demuestren el positivo accionar de la entidad, del colectivo o de la personalidad con relación al medio ambiente.
• Reconocimientos, premios y otras distinciones obtenidas, fundamentalmente las vinculadas con el medio ambiente, especificando el nivel en el que le fueron otorgadas y el año en que se recibieron.
5. Actitud ambientalmente responsable y de consagración en el quehacer ambiental durante, al menos, 3 años.
6. Demostrar su liderazgo en materia ambiental, compromiso y participación directa de la alta dirección de la entidad para contribuir al mejoramiento continuo del
desempeño ambiental.
7. Haber alcanzado resultados que evidencien el mejoramiento o protección del medio ambiente, con impactos positivos sustanciales que se manifiesten más allá del ámbito donde se desarrolla su actividad principal.
8. Proyecciones de trabajo de avanzada en el tema ambiental, con énfasis en el enfoque preventivo.
9. Demostrar una actitud innovadora que abarque la mejora continua e innovación permanente de sus productos, servicios, procesos productivos y procesos de gestión existentes, como parte de la cultura y del trabajo cotidiano, en aras de reducir los impactos ambientales negativos e incrementando su eficiencia y competitividad.
10. Mostrar la incorporación de la adaptación y mitigación al cambio climático (Tarea Vida) en correspondencia con el sector, programa o proyecto donde se desarrolla la actividad.
11. Contar con el reconocimiento de la comunidad con relación a los beneficios ambientales alcanzados por su labor.
Serán automáticamente excluidas aquellas propuestas que no contengan toda la información y documentación solicitada. El expediente de nominación debe ser presentado en dos copias impresas, con tamaño de letra Arial No.12, a un espacio 1.5, con sus páginas numeradas y un índice al inicio del documento. Los aspirantes al Premio Provincial de Medio Ambiente 2025 deberán presentar su expediente de nominación ante la Delegación Provincial del Citma, en el período comprendido entre el 9 de enero y el 31 de marzo de 2025.
III. REQUISITOS PARA EL PROCESO DE EVALUACIÓN DEL PREMIO PROVINCIAL DE MEDIO AMBIENTE. El otorgamiento del premio se realiza sobre la base del cumplimiento de los requisitos generales y específicos por categoría y que se relacionan a continuación:
REQUISITOS GENERALES:
1. Tener implementado un Sistema de Gestión Ambiental.
2. Poseer una política ambiental definida, con sus objetivos y metas bien identificados y un plan de acción dirigido a la mejora continua de su desempeño ambiental.
3. Introducir debidamente la dimensión ambiental en las actividades que realizan.
4. Velar por el cumplimiento de la legislación y las normativas ambientales vigentes en el país.
5. Eficiencia en el uso de los recursos, con énfasis en el agua, la energía y las materias primas e insumos.
6. Manejar adecuadamente los residuales líquidos, sólidos y las emisiones gaseosas que genera la entidad, así como los productos químicos y desechos peligrosos.
7. Tener implementada una estrategia para la minimización de la generación de sus residuales, residuos y emisiones, así como para su adecuado aprovechamiento económico.
8. Existencia de planes de prevención y emergencia ante peligros, vulnerabilidades y riesgos, provenientes de fenómenos naturales y contingencias ambientales.
9. Desarrollar un amplio programa participativo de educación ambiental.
10. Contar con una percepción positiva del desempeño ambiental de la entidad por parte de la comunidad circundante y de las autoridades del gobierno local.
11. Tener implementado el plan de acción para el enfrentamiento al cambio climático: Tarea Vida.
REQUISITOS ESPECÍFICOS POR CATEGORÍAS:
Categoría I: Entidades Productivas y/o de Servicios
1. Poseer una política ambiental definida, con sus objetivos y metas bien
identificados y un plan de acción dirigido a la mejora continua de su desempeño
ambiental.
2. Introducir debidamente la dimensión ambiental en las actividades que realizan.
3. Velar por el cumplimiento de la legislación y las normativas ambientales vigentesen el país.
4. Eficiencia en el uso de los recursos, con énfasis en el agua, la energía y lasmaterias primas e insumos.
5. Manejar adecuadamente los residuales líquidos, sólidos y las emisiones gaseosas que genera la entidad, así como los productos químicos y desechos peligrosos.
6. Tener implementada una estrategia para la minimización de la generación de sus residuales, residuos y emisiones, así como para su adecuado aprovechamiento económico.
7. Existencia de planes de prevención y emergencia ante peligros, vulnerabilidades y riesgos, provenientes de fenómenos naturales y contingencias ambientales.
8. Desarrollar un amplio programa participativo de educación ambiental.
9. Realizar un activo trabajo en defensa del patrimonio cultural y natural del país.
10. Tener implementado el plan de acción para el enfrentamiento al cambio climático: Tarea Vida.
Categoría II: Entidades Culturales, Recreativas, de Investigación y Educativas, así como Colectivos Laborales. Los requisitos comunes para esta categoría son:
1. Mostrar resultados notables en investigaciones encaminadas a la solución de problemas ambientales, respaldado por los avales que certifiquen los reconocimientos obtenidos.
1. 1Demostrar la introducción y el fortalecimiento de la dimensión ambiental en los niveles de enseñanza, extendiendo su labor extramuros.
2. Poseer planes de capacitación en materia ambiental para su claustro.
3. Desarrollar actividades de investigación en la temática ambiental, con resultados relevantes e impactos significativos, respaldadas por los avales que certifiquen los reconocimientos obtenidos.
4. Mostrar resultados trascendentes logrados a partir de las acciones de gestión y educación ambiental desarrolladas.
5. Contribución en la implementación del Plan de Estado para el enfrentamiento al cambio climático: Tarea Vida.
Las entidades de investigación tienen además, de los requisitos comunes a su categoría, los siguientes:
Las entidades educativas tienen, además, de los requisitos comunes a su categoría, los siguientes:
Los colectivos laborales tienen además, de los requisitos comunes a su categoría,
los siguientes:
1. Demostrar y evidenciar los resultados relevantes alcanzados por la dedicación y esmero del colectivo, con relación a la conservación del medio ambiente, acorde a la actividad que desempeña.
2. Aporte del colectivo al buen desempeño ambiental de la entidad a la que pertenece y en la comunidad circundante.
3. Los colectivos laborales pertenecientes a entidades productivas o de servicios, deben encontrarse implementando un Sistema de Gestión Ambiental en la entidad y deberá poseer una política ambiental definida, con sus objetivos y metas bien
identificados y un plan de acción encaminado a la prevención, mitigación y solución de los problemas ambientales. Si los colectivos laborales a los que se refiere esta categoría, se encuentran dentro de Áreas Protegidas declaradas se tendrán en cuenta, además, los requisitos siguientes:
• Demostrar y evidenciar los resultados relevantes de manejo del área alcanzados por el colectivo, que contribuyan a proteger y conservar los ecosistemas y las especies de interés nacional y mundial.
• Demostrar el activo papel jugado en la adecuada administración del área, respaldado por su buen estado de conservación.
• Tener implementado en un 100% los planes de manejo y operativo.
• Demostrar la sistematización y fortalecimiento de la actividad de educación ambiental y de investigación y monitoreo, con impactos positivos en la implementación del plan de manejo del área.
• Establecimiento de programas de participación comunitaria que redunden en la preservación y mejoramiento del área.
• Contar con el aval del Centro Nacional de Áreas Protegidas y de la entidad a la cual pertenece su administración.
• Prestigio reconocido nacionalmente por la labor ambiental realizada a lo largo de los años.
• Desarrollo de iniciativas con relación a la conservación del medio ambiente, con una trayectoria sostenida en defensa del mismo.
• Obtener resultados relevantes en las acciones de gestión y educación ambiental que desarrollan, avalados por los reconocimientos obtenidos y un fuerte trabajo comunitario.
• Presencia de la dimensión ambiental en las actividades que realizan.
• Contribución en la implementación del Plan de Estado para el enfrentamiento al cambio climático: Tarea Vida.
Categoría III: Organizaciones políticas, de masas, no gubernamentales, personas naturales, sector no estatal.
Los requisitos comunes a esta categoría son:
Adicionalmente, para las organizaciones no gubernamentales, personas naturales y el sector no estatal se exigen los requisitos siguientes:
1. Mostrar resultados notables en la gestión o investigaciones encaminadas a la solución de los problemas ambientales, avalado por los reconocimientos obtenidos.
2. Evidenciar resultados trascendentes por las acciones a favor de la conservación del medio ambiente desarrolladas.
3. Demostrar una trayectoria sostenida de su accionar ambiental.
IV. EVALUACIÓN DE LAS NOMINACIONES.
La Delegación Provincial del Citma realiza la valoración de las propuestas que satisfagan los requisitos de la convocatoria. No se tomarán en consideración los expedientes que se presenten con posterioridad al 31 de marzo de 2025. Una vez recibidas las candidaturas, se convoca a diversos especialistas de la Delegación Provincial del Citma para evaluar los expedientes de nominación
presentados y efectuar las visitas de verificación correspondientes a aquellos candidatos seleccionados como nominados al Premio Provincial de Medio Ambiente. Se presenta al Consejo de Dirección del Citma, las propuestas por cada categoría para su aprobación. El Premio Provincial de Medio Ambiente 2025 se entregará en el acto provincial, en el marco de la jornada de conmemoración por el Día Mundial del Medio Ambiente.
(CITMA Artemisa)
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