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Atención a las solicitudes de suspensión del ejercicio de trabajo por cuenta propia.

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Cualquier trabajador por cuenta propia teniendo en cuenta la disminución del nivel de actividad, aún con los beneficios tributarios, no le sea rentable mantener funcionando el negocio, tiene el derecho de solicitar en la entidad que le emitió la autorización (dirección de Trabajo municipal, Unidad Estatal de Tráfico y otra) una suspensión temporal del ejercicio de su actividad, aclarar que se trata de una suspensión del ejercicio, no una cancelación (baja y alta), por lo que no se requiere de la entrega del libro de registro de arrendatario, ni la pegatina  igualmente  de la presentación de 100 CUC o CUP para los Arrendadores de vivienda.  Sin que ello constituya un trámite de baja y alta. Para conceder esta suspensión no se requiere evaluaciones, análisis etc., se otorga de inmediato en el momento en que se solicita. Las Direcciones de Trabajo, UET informan a la ONAT y a las otras entidades q corresponda, por lo que el TPCP no tiene que acudir a ningún otro lugar.

En las actividades del trabajo por cuenta propia cuyo nivel de actividad disminuya, pero continúen prestando servicios, el empleador garantiza a los trabajadores contratados una remuneración en proporción al tiempo real trabajado, que no puede ser inferior al salario mínimo del país, según lo dispuesto en la Ley No. 116, Código de Trabajo.

En los casos en que el titular de una actividad se encuentre en el exterior y no pueda regresar al país en la fecha prevista por las medidas decretadas por otros países, el trabajador contratado designado, puede continuar asumiendo el cumplimiento de sus deberes hasta la reincorporación del titular.

Se han habilitado teléfonos los cuales son 47-36-64-60 y 47-35-46-66 de la Dirección  Provincial de Trabajo y en los municipios son:

Municipios

Teléfonos

Bahía Honda

48-66-85-14

Mariel

47-39-24-63 o 47-39-24-61

Guanajay

47-30-72-26 o 47-30-68-14

Caimito

47-31-99-65

Bauta

47-37-24-43 o 47-37-28-88

San Antonio

47-38-22-60

Güira de Melena

47-42-38-89 o 47-42-30-60

Alquízar

47-41-85-15 o 47-41-82-68

Artemisa

47-36-24-92 o 47-36-60-99

Candelaria

48-59-71-62 o  48-59-87-75

San Cristóbal

48-52-26-79 o 48-52-22-90

 

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Comentarios recientes:

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