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Tratamiento para el Pago de Jubilados y Pensionados.

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  1. El pago comenzara el día 15 en las unidades de Correo, dirigiendo en lo fundamental el pago a domicilio acogidos o no a la contratación y además las oficinas brindaran  el servicio de 7:30 am  hasta la 12:30 pm, dando prioridad para la prestación de este servicio incluyendo los sábados.
  1. El BPA, BANDEC y CADECA comenzaran el pago a partir del día 17 en los horarios de 8:30 am hasta 1:30 pm donde se dará prioridad para la prestación de este servicio incluyendo los sábados.
  1. Se realizarán los pagos con varias modalidades;
  • No se efectuarán los pagos en las Bodegas, en el caso del municipio de Artemisa, las Comunidades del Lavandero, La Chafarina, Cajio y Pestana la asumirá el BPA y el Corojal el BANDEC.
  • Todos los jubilados que cobren por chequeras, lo cual incluye INASS, MININT y MINFAR, podrán realizar el doble endoso de sus cupones.
  • Los beneficiarios que causen alta por edad e invalidez total al Sistema de Seguridad Social, no recibirán la Resolución Concesoria, por tanto, los que efectúan el cobro de la pensión mediante tarjeta magnética, si no la han recibido, realizarán el cobro con su carné de identidad, y aquellos que cobrarán mediante la chequera, se emitirá por el INASS el modelo de pago provisional manual, (Anexos XV y XVI, subgrupo 10, MIP 278) por lo que será admitido por nuestras sucursales.
  • Los beneficiarios que no tienen medio de pago para efectuar el cobro, se emitirá por el INASS el pago provisional manual con el código 110, (Anexos XV y XVI, subgrupo 10, MIP 278) con las firmas de la filial municipal, reconocidas por el Banco.
  • Todos los beneficiarios que cobren por tarjeta magnética cobraran en las oficinas bancarias o cajeros automáticos de la localidad.  
  • Dado a que tenemos jubilados que cobran por tarjetas magnéticas en lugares donde no hay presencia de cajeros automáticos, e inclusive éstas pueden estar deterioradas, extraviadas, o desmagnetizadas, se hace necesario que se asista a las oficinas bancarias y se facilite la posibilidad temporalmente de que otra persona o familiar les haga esta operación por caja, por lo que se propone lo siguiente;
    • La persona autorizada por el jubilado /pensionado a cobrar se presentará en la sucursal portando el Carné de Identidad del jubilado, el suyo propio, la tarjeta magnética del jubilado, y un autorizo manuscrito del jubilado con su firma, facultando a cobrar en su lugar, a la persona que porta estos documentos. No es obligatorio esta autorización por escrito, por lo que, de no presentarse, se pagará.

Dirección de Provincial de Trabajo.

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