La Dirección de Transporte tiene la misión de dirigir y controlar el cumplimiento de la política estatal sobre el transporte y sus servicios auxiliares y conexos, así como los sistemas de control de la infraestructura técnica y la red vial del territorio.
Para cumplir su misión la dirección de Transporte tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 6, las específicas siguientes:
- Organizar, implementar y controlar las regulaciones estatales, normas técnicas y disposiciones del Ministerio del Transporte, para los medios e instalaciones del transporte de subordinación municipal y provincial;
- asegurar la eficiencia de los servicios de transportación de pasajeros y de cargas en el territorio, así como los servicios generales a vehículos ligeros;
- dirigir y ejecutar los programas energéticos vinculados a la actividad de transporte, que incluye la remotorización, paralización de equipos ineficientes y Sistemas de Gestión y Control de Flotas;
- ejercer la inspección de la rama automotor a través del órgano de inspección de subordinación local, conforme a las normas y procedimientos establecidos por el Ministerio del Transporte;
- dirigir la Operación Puerto Transporte Economía Interna (OPTEI) en el territorio, mediante la planificación y control de la transportación y la recepción de las mercancías en el territorio, así como la utilización de los medios de transporte; y
- organizar en correspondencia con lo establecido en la legislación vigente, el funcionamiento del Grupo de Seguridad Vial, convocando a sesiones de trabajo a sus integrantes con la finalidad de orientar las tareas que considere pertinentes.
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