Dirección Provincial de Salud de Artemisa

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Dirección de Salud Pública

La Dirección de Salud Pública tiene la misión de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación  de la política del Estado y el Gobierno en cuanto a la Salud Pública, participando en la formación de profesionales de la salud y el desarrollo de las ciencias médicas, haciendo cumplir las adecuaciones o políticas territoriales que dicte la Asamblea Municipal del Poder Popular.  

Para cumplir su misión la dirección de Salud Pública tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11, las específicas siguientes:

  1. Garantizar y hacer cumplir la organización de la salud pública, la regulación del ejercicio de las profesiones en la salud y la prestación de los servicios, con alta calidad y satisfacción de la población y sus prestadores, según las normativas del Ministerio de Salud;
  2. organizar e implementar acciones coordinadas con organismos, organizaciones sociales y de masas así como otras entidades, para contribuir a resolver los problemas relacionados con la salud, el bienestar y la calidad de vida de la población, en el marco de la legislación vigente;
  3. asegurar la vigilancia sanitaria sobre los determinantes sociales, los factores de riesgo, las enfermedades, todos los productos y las condiciones que pueden afectar la salud humana y el medio ambiente;
  4. garantizar el cumplimiento de las políticas para la formación, educación continuada, la capacitación de los recursos humanos y el desarrollo para la investigación, necesarios para la salud pública;
  5. ejercer el control sanitario sobre los medicamentos, material y equipos de uso médico, alimentos, cosméticos y otros productos que puedan influir sobre la salud humana de acuerdo a lo establecido por el Ministerio de Salud Pública;
  6. organizar, implementar y controlar las medidas antiepidémicas en el territorio teniendo en cuenta las regulaciones vigentes;
  7. ejercer y exigir la inspección sanitaria estatal sobre el ambiente, los alimentos, las condiciones de trabajo, de estudio y otros, dirigidos a la prevención, disminución y erradicación de las enfermedades u otras alteraciones de la salud humana;
  8. ejercer el control de las disposiciones higiénico-epidemiológicas para el control sanitario internacional en prevención de las enfermedades que puedan dañar a nuestro país; y
  9. asegurar la satisfacción de la demanda para la colaboración internacional en Salud Pública, tanto en la prestación de servicios como en la formación de recursos humanos, según las políticas y normativas vigentes.