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 Aclaración sobre el aplazamiento del  beneficio de los 3 primeros meses. En tal sentido aclaramos que la Resolución 200/2020 del Ministerio de Finanzas y Precios y cito:Artículo 1, inciso e) plantea: Los contribuyentes que interrumpieron el beneficio de exención de pago en los tres meses del inicio de las operaciones en las actividades del trabajo por cuenta propia, debido a la suspensión de la actividad por la COVID-19: 

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La Oficina Nacional de la Administración Tributaria de la provincia de Artemisa informa las medidas tributarias establecidas en las Gacetas Oficiales 22 y 40 del presente año, en atención al impacto en las actividades económicas de la situación relacionada con la COVID-19 y la adopción de medidas para evitar su propagación, estas disposiciones son de cumplimiento a partir del mes de marzo del presente año.

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La Oficina Nacional de la Administración Tributaria de la provincia de Artemisa informa que a partir de la Fase 2 Pos-Covid, decretada el 3 de julio en la provincia de Artemisa, los contribuyentes tendrán 6 meses para pagar las obligaciones aplazadas. Aquellos contribuyentes que paguen en los primeros 60 días de la Fase, tendrán una bonificación del 5% del importe a pagar.

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