Trámites y Servicios

Información útil y acceso a trámites y servicios

11. MATRIMONIO

Inicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivadoInicio desactivado
 
Valoración:
( 0 Rating )
Pin It
  1. MATRIMONIO:Es la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común. El matrimonio sólo produce efectos legales cuando se formalice o se reconozca de acuerdo con las reglas establecidas en la Ley del Registro del Estado Civil. Los encargados del Registro del Estado Civil y los Notarios son funcionarios facultados para autorizar la formalización de matrimonios.
  • Concurrir ambas partes con sus respectivos CARNÉS DE IDENTIDAD. Se admite la representación voluntaria mediante poder especial, si uno no puede concurrir al acto por residir en lugar distinto al de la formalización.
  • Dos testigos con sus respectivos carnés de identidad. (VER 1.4 )
  • Si uno de ellos es menor de edad debe presentar la escritura pública de autorización para contraer matrimonio otorgada ante Notario.
  • Si el estado conyugal de la persona que contraerá matrimonio es divorciado debe presentar la certificación de divorcio o la certificación de matrimonio anterior con la nota del divorcio, expedidas por el Registro del Estado Civil.
  • Certificado médico de la mujer especificando si se encuentra o no embarazada, en caso de que no hayan transcurrido 300 días después de la extinción de su anterior unión matrimonial, a fin de determinar la paternidad del hijo futuro.
  • Si el estado conyugal de la persona que contraerá matrimonio es de viudo debe presentar la certificación de viudez, o la certificación de matrimonio con nota de defunción del cónyuge, o la certificación de matrimonio y certificación de defunción del cónyuge, expedidas por el Registro del Estado Civil.

La existencia de la unión matrimonial entre un hombre y una mujer con aptitud legal para contraerla y que reúna los requisitos de singularidad y estabilidad, surte todos los efectos propios de un matrimonio formalizado, si se retrotraen a la fecha de iniciada la unión de acuerdo con lo que manifiesten los cónyuges y los testigos en la escritura de matrimonio.

Escribir un comentario

Para hacer un comentario recuerde:
1- Que no debe utilizar un lenguaje ofensivo.
2- Que debe ajustarse al tema del artículo.
El administrador del portal se reserva el derecho a no publicar los comentarios que incumplan las políticas anteriores.


Comentarios recientes:

  • Convocatoria de empleo en el Gobierno Provincial del Poder Popular Artemisa
    José Carlos Díaz Negrín 09.05.2024 11:31
    Me explican las autoridades de Artemisa que está en un plan, porque no es un trabajo sencillo, pero que se va a comenzar a trabajar ya en la afectación, así que dentro de poco estará la solución. Saludos Jefa de departamento de Atención a la Población ...

    Leer más...

     
  • Convocatoria de empleo en el Gobierno Provincial del Poder Popular Artemisa
    Yisel 07.05.2024 20:53
    Buenas tardes Vecina del edificio 7 del municipio Artemisa entre 30 y 32 Hace años estamos esperando por la situación de la fosa reventada con conocimiento de delgado presidente del consejo, organizaciones de masa de la zona y nadie nos da una respuesta ...

    Leer más...

     
  • La Unión Eléctrica informa
    José Carlos Díaz Negrín 07.05.2024 11:13
    La publicación mensual de la programación en bloque se pública en nuestra página, las vías libres planificas en el grupo de WhatsApp y en la página y se informa por Radio Artemisa, las averías y las vías libres por emergencia no se pueden prever y se ...

    Leer más...

¿Le ha resultado útil la información publicada en este portal?

¿Hay algún error en esta página? Ayúdenos a mejorar