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06. UNIFICACIÓN DE VIVIENDAS

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  1. UNIFICACIÓN DE VIVIENDAS:Acto mediante el cual los propietarios de dos viviendas colindantes o situadas una en los altos de la otra, habitadas por personas que deseen vivir juntas, las comunican entre sí convirtiéndola en una sola y da lugar jurídicamente a una copropiedad por cuotas.
  • Concurrir los titulares de las viviendas con su CARNÉ DE IDENTIDAD.
  • Títulos de Propiedad.
  • Dictamen Técnico emitido por la dirección municipal de Planificación Física, donde se describen las dos viviendas y como queda después de unificada.
  • Si las viviendas se encuentran previamente inscritas en el Registro de la Propiedad, la certificación de su inscripción.

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Comentarios recientes:

  • Cursos por la FMC
    José Carlos Díaz Negrín 30.04.2024 12:57
    Buenas tardes,las personas interesadas en matricular los Programas de la Casa de Orientación deben dirigirse a las Sedes Municipales de la FMC. Secretaria de la FMC en la provincia.

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  • Cursos por la FMC
    Sullen 20.04.2024 15:09
    Cómo puedo hacer para inscribirse en los cursos.

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  • Transferencia de propiedad de vivienda por ausencia del país
    José Carlos Díaz Negrín 04.04.2024 08:11
    Cuando uno de los propietarios se va del país, hasta que no se declare como emigrante sigue siendo propietario de la vivienda y la otra persona no se la puede adjudicar, a no ser tenga un poder especifico. Director Provincial de Vivienda.

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