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La dirección de Patrimonio e Inversiones tiene la misión de controlar los activos del Patrimonio Inmueble de la administración local y dirigir el proceso inversionista.

Para cumplir su misión la dirección de Patrimonio e Inversiones tiene, además de las funciones comunes enunciadas en el artículo 11,  las específicas siguientes:      

  1. Organizar y ejecutar el control de los activos de Patrimonio inmueble de la administración provincial y municipal, mediante registros que permitan brindar toda la información necesaria;
  2. dirigir la confección del plan para el control, conservación y mantenimiento de los inmuebles del Patrimonio, dando un orden de prioridad según su importancia e impacto social;
  3. asegurar el estado técnico del fondo Patrimonial, determinando las acciones de mantenimiento constructivo a realizar;
  4. propiciar el desarrollo de los planes de inversiones, mantenimiento, y conservación en las instancias municipales;      
  5. contribuir a la capacitación y desarrollo del proceso inversionista en las instancias municipales, garantizando la calidad del proceso de inversión desde su anteproyecto hasta la puesta en marcha de la obra; y
  6. coordinar las tareas aprobadas en el cronograma de inversión relativas a la preparación, planificación, contratación, ejecución y control de las mismas con los diferentes sujetos del proceso inversionista.

Comentarios recientes:

  • Cursos por la FMC
    José Carlos Díaz Negrín 30.04.2024 12:57
    Buenas tardes,las personas interesadas en matricular los Programas de la Casa de Orientación deben dirigirse a las Sedes Municipales de la FMC. Secretaria de la FMC en la provincia.

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  • Cursos por la FMC
    Sullen 20.04.2024 15:09
    Cómo puedo hacer para inscribirse en los cursos.

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  • Transferencia de propiedad de vivienda por ausencia del país
    José Carlos Díaz Negrín 04.04.2024 08:11
    Cuando uno de los propietarios se va del país, hasta que no se declare como emigrante sigue siendo propietario de la vivienda y la otra persona no se la puede adjudicar, a no ser tenga un poder especifico. Director Provincial de Vivienda.

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