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 Aclaración sobre el aplazamiento del  beneficio de los 3 primeros meses. En tal sentido aclaramos que la Resolución 200/2020 del Ministerio de Finanzas y Precios y cito:Artículo 1, inciso e) plantea: Los contribuyentes que interrumpieron el beneficio de exención de pago en los tres meses del inicio de las operaciones en las actividades del trabajo por cuenta propia, debido a la suspensión de la actividad por la COVID-19: 

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La Oficina Nacional de la Administración Tributaria de la provincia de Artemisa informa las medidas tributarias establecidas en las Gacetas Oficiales 22 y 40 del presente año, en atención al impacto en las actividades económicas de la situación relacionada con la COVID-19 y la adopción de medidas para evitar su propagación, estas disposiciones son de cumplimiento a partir del mes de marzo del presente año.

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La Oficina Nacional de la Administración Tributaria de la provincia de Artemisa informa que a partir de la Fase 2 Pos-Covid, decretada el 3 de julio en la provincia de Artemisa, los contribuyentes tendrán 6 meses para pagar las obligaciones aplazadas. Aquellos contribuyentes que paguen en los primeros 60 días de la Fase, tendrán una bonificación del 5% del importe a pagar.

Comentarios recientes:

  • Cursos por la FMC
    José Carlos Díaz Negrín 30.04.2024 12:57
    Buenas tardes,las personas interesadas en matricular los Programas de la Casa de Orientación deben dirigirse a las Sedes Municipales de la FMC. Secretaria de la FMC en la provincia.

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  • Cursos por la FMC
    Sullen 20.04.2024 15:09
    Cómo puedo hacer para inscribirse en los cursos.

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  • Transferencia de propiedad de vivienda por ausencia del país
    José Carlos Díaz Negrín 04.04.2024 08:11
    Cuando uno de los propietarios se va del país, hasta que no se declare como emigrante sigue siendo propietario de la vivienda y la otra persona no se la puede adjudicar, a no ser tenga un poder especifico. Director Provincial de Vivienda.

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